REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR (extracto)
Art. 2.- Principios dinamizadores.
La organización y el funcionamiento del Centro responderá a los siguientes principios:
- El carácter católico del Centro.
- La plena realización de la oferta educativa contenida en el Carácter Propio del Centro.
- La configuración del Centro como Comunidad Educativa.
- Promover acciones destinadas a fomentar la calidad, mediante el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función directiva.
Art. 7.- Normas de convivencia.
- Las normas de convivencia del Centro definen las características de las conductas que deben promoverse para lograr:
- El crecimiento integral de la persona.
- El respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas que forman la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e instituciones que se relacionan con el Centro con ocasión de la realización de las actividades y servicios del misma.
- El respeto a la diversidad y la no discriminación.
- La corrección en el trato social, en especial, mediante el empleo de un lenguaje correcto y educado.
- El interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad.
- El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
- La cooperación en las actividades educativas o convivenciales.
- La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar.
- El cuidado en el aseo e imagen personal y la observancia de las normas del Centro sobre esta materia.
- El cumplimiento de la normativa del Centro respecto a la vestimenta.
- La actitud positiva ante los avisos y correcciones.
- La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material del Centro, conforme a su destino y normas de funcionamiento, así como el respeto a la reserva de acceso a determinadas zonas del Centro.
- El respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.
Alumnos
Art. 11.- Derechos.
Los alumnos tienen derecho a:
- Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
- Ser respetados en su libertad de conciencia, así como en sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la Constitución Española.
- Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a criterios públicos y objetivos.
- Recibir orientación escolar y profesional.
- Recibir la información que les permita optar a posibles ayudas compensatorias de carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, así como de protección social en los casos de accidente o infortunio familiar.
- Ser respetados en su integridad física, dignidad personal e intimidad en el tratamiento de los datos personales
- Ejercer su derecho de asociación, participación y reunión en el centro, en los términos legalmente previstos.
- Aquellos otros que se determinen en las Normas de Convivencia del Centro.
- Continuar su relación con el Centro una vez hayan concluido sus estudios en el mismo.
Art. 12.- Deberes.
Los alumnos están obligados a:
- Estudiar, esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y participar en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al desarrollo de los currículos.
- Seguir las directrices del Equipo Directivo y del profesorado respecto a su educación y aprendizaje, llevar a cabo fuera de las horas de clase los trabajos que les encomienden los profesores, así como respetar su autoridad.
- Asistir a clase con puntualidad y cumplir el calendario escolar del Centro.
- Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el Centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación.
- Respetar la libertad y las convicciones religiosas de los miembros de la Comunidad Educativa.
- Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
- Respetar las normas de organización,convivencia y disciplina del Centro.
Conservar un buen uso de las instalaciones didácticas del Centro. - Mostrar el debido respeto y consideración a los distintos miembros de la Comunidad Educativa.
- Aquellos otros que se determinen en el Plan de Convivencia y en las Normas de Convivencia del Centro.
Padres/madres/tutores
Art. 17 Derechos.
Los padres o tutores tienen derecho a:
- Que en el Centro se imparta el tipo de educación definido en el carácter propio y en el Proyecto Educativo del Centro.
- Que sus hijos y pupilos reciban una educación con las máximas garantías de calidad, en consonancia con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
- Participar en los asuntos relacionados con el desarrollo del proceso educativo de sus hijos en el Centro.
- A estar informados sobre el proceso de aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos.
- A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.
- Ser recibidos por los profesores del Centro en los horarios establecidos.
Art. 18 Deberes.
Los padres están obligados a:
- Procurar la adecuada colaboración entre la familia y el centro, a fin de alcanzar una mayor efectividad en la tarea educativa. A tal efecto:
- Asistirán a las entrevistas y reuniones a las que sean convocados por miembros del equipo directivo o tutor para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos.
- Adoptarán las medidas necesarias para que sus hijos cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a clase.
- Estimularán a sus hijos para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden y propiciarán las circunstancias que fuera del Centro, puedan hacer más efectiva la acción educativa del mismo.
- Informarán a los educadores de aquellos aspectos de la personalidad y circunstancias de sus hijos, que sean relevantes para su formación e integración en el entorno escolar.
- Participarán de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que el Centro establezca con la familia, para mejorar el rendimiento de sus hijos.
- Colaborarán en el cumplimiento de las medidas correctoras impuestas a sus hijos y pupilos en el desarrollo del plan de trabajo a realizar fuera del Centro a que éstas puedan dar lugar. Cumplir las obligaciones que se derivan de la relación contractual con el Centro.
- Respetar el ejercicio de las competencias técnico-profesionales del personal del Centro.
- Justificar, por escrito, las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos.
- Respetar las normas de organización y convivencia del centro en aquellos aspectos que les conciernan.
- La participación en las actuaciones previstas en el Plan de Convivencia del Centro en los términos en él contemplados.
- Aceptar las decisiones que sean adoptadas por los órganos de gobierno del Centro dentro del marco del presente Reglamento.
- Ejercitar responsablemente las facultades que les confiere la patria potestad.