REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR (extracto)


Art. 2.- Principios dinamizadores.

La organización y el funcionamiento del Centro responderá a los siguientes principios:

  1. El carácter católico del Centro.
  2. La plena realización de la oferta educativa contenida en el Carácter Propio del Centro.
  3. La configuración del Centro como Comunidad Educativa.
  4. Promover acciones destinadas a fomentar la calidad, mediante el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función directiva.

Art. 7.- Normas de convivencia.

  1. Las normas de convivencia del Centro definen las características de las conductas que deben promoverse para lograr: 
  1. El crecimiento integral de la persona. 
  2. El respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas que forman la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e instituciones que se relacionan con el Centro con ocasión de la realización de las actividades y servicios del misma.
  3. El respeto a la diversidad y la no discriminación.
  4. La corrección en el trato social, en especial, mediante el empleo de un lenguaje correcto y educado.
  5. El interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad.
  6. El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
  7. La cooperación en las actividades educativas o convivenciales.
  8. La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar.
  9. El cuidado en el aseo e imagen personal y la observancia de las normas del Centro sobre esta materia.
  10. El cumplimiento de la normativa del Centro respecto a la vestimenta.
  11. La actitud positiva ante los avisos y correcciones.
  12. La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material del Centro, conforme a su destino y normas de funcionamiento, así como el respeto a la reserva de acceso a determinadas zonas del Centro.
  13. El respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.

Alumnos

Art. 11.- Derechos.

Los alumnos tienen derecho a:

  1. Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
  2. Ser respetados en su libertad de conciencia, así como en sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la Constitución Española.
  3. Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a criterios públicos y objetivos.
  4. Recibir orientación escolar y profesional.
  5. Recibir la información que les permita optar a posibles ayudas compensatorias de carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, así como de protección social en los casos de accidente o infortunio familiar.
  6. Ser respetados en su integridad física, dignidad personal e intimidad en el tratamiento de los datos personales
  7. Ejercer su derecho de asociación, participación y reunión en el centro, en los términos legalmente previstos.
  8. Aquellos otros que se determinen en las Normas de Convivencia del Centro.
  9. Continuar su relación con el Centro una vez hayan concluido sus estudios en el mismo.

Art. 12.- Deberes.

Los alumnos están obligados a:

  1. Estudiar, esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y participar en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al desarrollo de los currículos.
  2. Seguir las directrices del Equipo Directivo y del profesorado respecto a su educación y aprendizaje, llevar a cabo fuera de las horas de clase los trabajos que les encomienden los profesores, así como respetar su autoridad.
  3. Asistir a clase con puntualidad y cumplir el calendario escolar del Centro.
  4. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el Centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación.
  5. Respetar la libertad y las convicciones religiosas de los miembros de la Comunidad Educativa.
  6. Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
  7. Respetar las normas de organización,convivencia y disciplina del Centro.
    Conservar un buen uso de las instalaciones didácticas del Centro.
  8. Mostrar el debido respeto y consideración a los distintos miembros de la Comunidad Educativa.
  9. Aquellos otros que se determinen en el Plan de Convivencia y en las Normas de Convivencia del Centro. 

Padres/madres/tutores

Art. 17 Derechos.

Los padres o tutores tienen derecho a:

  1. Que en el Centro se imparta el tipo de educación definido en el carácter propio y en el Proyecto Educativo del Centro.
  2. Que sus hijos y pupilos reciban una educación con las máximas garantías de calidad, en consonancia con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
  3. Participar en los asuntos relacionados con el desarrollo del proceso educativo de sus hijos en el Centro.
  4. A estar informados sobre el proceso de aprendizaje e integración socioeducativa de sus hijos.
  5. A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.
  6. Ser recibidos por los profesores del Centro en los horarios establecidos.

Art. 18 Deberes.

Los padres están obligados a:

  1. Procurar la adecuada colaboración entre la familia y el centro, a fin de alcanzar una mayor efectividad en la tarea educativa. A tal efecto:
    • Asistirán a las entrevistas y reuniones a las que sean convocados por miembros del equipo directivo o tutor para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos.
    • Adoptarán las medidas necesarias para que sus hijos cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a clase.
    • Estimularán a sus hijos para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden y propiciarán las circunstancias que fuera del Centro, puedan hacer más efectiva la acción educativa del mismo.
    • Informarán a los educadores de aquellos aspectos de la personalidad y circunstancias de sus hijos, que sean relevantes para su formación e integración en el entorno escolar.
    • Participarán de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que el Centro establezca con la familia, para mejorar el rendimiento de sus hijos.
  2. Colaborarán en el cumplimiento de las medidas correctoras impuestas a sus hijos y pupilos en el desarrollo del plan de trabajo a realizar fuera del Centro a que éstas puedan dar lugar. Cumplir las obligaciones que se derivan de la relación contractual con el Centro.
  3. Respetar el ejercicio de las competencias técnico-profesionales del personal del Centro.
  4. Justificar, por escrito, las faltas de asistencia o puntualidad de sus hijos.
  5. Respetar las normas de organización y convivencia del centro en aquellos aspectos que les conciernan.
  6. La participación en las actuaciones previstas en el Plan de Convivencia del Centro en los términos en él contemplados.
  7. Aceptar las decisiones que sean adoptadas por los órganos de gobierno del Centro dentro del marco del presente Reglamento.
  8. Ejercitar responsablemente las facultades que les confiere la patria potestad.